Mi gestión

Discurso del Presidente del Congreso, Armando Benedetti, Foro sobre la Reforma a la Justicia

DISCURSO DEL PRESIDENTE DEL CONGRESO, ARMANDO BENEDETTI, FORO SOBRE LA REFORMA A LA JUSTICIA

BOGOTÁ D.C

OCTUBRE 15 DE 2010

El concepto de justicia es bastante complejo, muchos sabemos o sentimos que una acción es justa o injusta con solo conocer de ella, tanto así que creo que ninguno de los presentes sostendríamos la justicia de una hambruna, de una violación o de la esclavitud, sencillamente rechazaríamos cualquiera de esos hechos con todas nuestras fuerzas, pero aun así, a pesar de entender algo como "justo" o "injusto" aun nos quedaría sin resolver el punto fundamental, ¿qué es la justicia?

Durante la Historia se ha intentado dar respuesta a este interrogante, se dice que en los albores de la humanidad la justicia estaba dada como el ejercicio del más fuerte, en este entendido una acción es justa si y solo sí deriva de quien por la fuerza se impone como líder del grupo.

En la Antigüedad y en especial en Grecia, la justicia llevaba consigo el peso de la más grande de las tragedias humanas: la decisión. Hacer justicia va implicar siempre una consecuencia: positiva o negativa de acuerdo con el sentido en que se haga. Prometeo resultó encadenado y torturado por dar el fuego a los humanos, Hércules recibió el más alto de los honores por realizar una interminable cadena de venganzas.

Un recorrido histórico nos daría muchos más ejemplos del ideario de lo justo, pero en aras de la síntesis traigamos a colación el ejemplo planteado por el filósofo y nóbel de economía Amartya Sen, quien en el libro "La idea de Justicia" nos cuenta que pensemos en tres chicos y una flauta. Los niños se llaman Ana, Bob y Carla, cada cual expone sus razones por las cuales debería poseer esa única flauta. Ana dice que se le debería dar la flauta a ella porque es la única que sabe tocarla. Bob dice que la flauta se le debe dar a él dado que es tan pobre que no tiene juguetes. Carla dice que la flauta es suya porque es fruto de su trabajo. ¿Cómo decidir entre estos tres reclamos legítimos? ¿Acaso cada cual no tiene elementos serios para considerar como justo su pedimento?

Sabemos que la justicia es un querer, una aspiración, una necesidad de cualquier sociedad que pretenda ser democrática y que busque el desarrollo pleno de sus miembros, así que a pesar de la dificultad filosófica o histórica de su definición, se requiere atender a alguna concepción para dar los contornos necesarios para hacer realidad lo que la Constitución Política asume como el derecho de los ciudadanos a la administración de justicia. El derecho a recibirla y exigirla.

Estos contornos los encontramos en uno de los compromisos internacionales asumidos por Colombia, en especial, en lo que manifiesta el artículo 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos al expresar que: "Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley, en la sustanciación de cualquier acusación penal formulada contra ella, o para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter..."

Así que conforme al bloque de constitucionalidad, la justicia que propugna la Constitución y que tiene el Estado el deber de proporcionar a los ciudadanos debe contener, al menos, las siguientes tres garantías básicas:

-) Juicio con las debidas garantías
-) Prontitud
-) Juez competente y natural

Conforme éste razonamiento una reforma a la justicia, una verdadera reforma a la justicia, solo puede darse si se reglan estos tres puntos. El mayor reto actual es combatir la terrible congestión judicial que aqueja al país. Según los últimos datos de la Corporación Excelencia, el índice de congestión acumulada de la Jurisdicción Ordinaria es del 71%, de la Contencioso Administrativa del 60% y de la Disciplinaria del 55%.

Una verdadera reforma a la justicia, reitero, debería tener como fin cambiar las estadísticas presentadas por el Proyecto de Justicia Global dentro del Informe sobre el Índice de Aplicación del Derecho 2010, en el que se muestra una casi nula respuesta positiva de los colombianos hacia las afirmaciones que el "Sistema de investigación criminal es efectivo" o que la "justicia civil no está sujeta a demoras irrazonables".

Salvo unos escuálidos puntos en el anteproyecto de reforma a la justicia, considero que ésta, mas que responder a las necesidades ciudadanas, se encuadra en un complejo maremágnum de asignación de funciones y atribuciones entre las Ramas del Poder Público. Esperaría que en la discusión que se suscitará sobre este proyecto se avance en este tópico: la generación de una justicia más pronta, eficaz y diligente, contando siempre en esta estrategia con el consejo de las Altas Corporaciones de Justicia.

A priori no creo que tengan mayor eco en el Legislativo las propuestas que profundizan su debilidad entre los Poderes del Estado, por ejemplo, la concesión al Gobierno de facultades para expedir Códigos o a la Corte Constitucional de decretar la suspensión provisional de las leyes. Para este último caso, a modo de proposición para éste foro académico sería conveniente examinar el modelo francés que dota de cierto poder de veto por inconstitucionalidad a las minorías parlamentarias.

Por otro lado, seguramente tendrá un trámite reposado la idea de llevar a la Constitución Política la obligatoriedad del precedente judicial o la celebración de procesos meritocráticos para elaborar las listas sobre las que se escogerán los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado.

Señores, el Congreso de la República está abierto para debatir reformas esenciales a la justicia, ejemplo de ello es el evento de hoy en el que la Comisión Primera Constitucional, a través de su Presidente, Dr. Carlos Eduardo Enríquez Maya, sea quien me haya extendido esta amable invitación. Sean todos bienvenidos a este que es su recinto, el recinto de la democracia.

Muchas gracias!