PROYECTO LEY
"Por el cual se dictan medidas relativas a la protección social de las parejas del mismo sexo y se dictan otras disposiciones"
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1. Las parejas conformadas por personas del mismo sexo podrán acceder a la Seguridad Social con los mismos requisitos y condiciones previstos en las disposiciones vigentes para los compañeros permanentes y compañeras permanentes, incluidos los mecanismos de demostración previstos en el artículo 2º de la ley 979 de 2005.