La Comisión Primera de Senador aprobó hoy en tercer debate el proyecto de ley 568 de 2007 que establece normas de seguridad en piscinas, la adecuación de las mismas para evitar accidentes y problemas de salud y que sanciona con cárcel a los propietarios y administradores de piscinas, cuando por incumplir las normas de prevención y seguridad se produzca la muerte de una persona.
El Senador Armando Benedetti quien defendió la ponencia del proyecto dijo que la norma que se llamará "Ley Espitia" busca evitar que casos como la del niño Nicolás Espitia, que murió el año pasado al ser succionado por una de las tuberías de la piscina del Hotel Hiltón de Cartagena, queden impunes.
"No es posible que un caso como el de Nicolás, que conmovió al país entero, tenga que ser precluído por un juez colombiano porque la ley no prevé sanciones penales para los responsables de actos de negligencia como incumplir con normas mínimas de seguridad en las piscinas. El proyecto modifica el artículo 109 del Código penal agregando el homicidio culposo para este tipo de casos, lo que implicará condenas de un años y medio hasta nueve años para los propietarios o administradores de inmuebles donde se ubiquen las piscinas".
Benedetti explicó que el proyecto incluirá como obligatorio el uso de dispositivos de seguridad como barreras de protección y control de acceso a la piscina, detectores de inmersión y alarmas de agua o sirenas que se activen inmediatamente una persona caiga al agua.
La iniciativa establece que las piscinas públicas, incluidas las residenciales, contarán con salvavidas en las horas en que funcione, con teléfono de emergencias o citófono, botiquín de primeros auxilios, flotadores circulares y no se permitirá el acceso de menores de 14 años sin la compañía de un adulto.
Igualmente se prevé controles en el uso del cloro y cianuro, químicos que se utilizan para el mantenimiento de las piscinas, circulación de aguas y señalización de las piscinas.
Benedetti explicó que los concejos municipales y distritales, mediante acuerdo, reglamentarán las normas de seguridad que tendrán que ser cumplidas por los responsables de las piscinas dentro de su jurisdicción.
Finalmente dijo que "el no acatamiento de las normas de seguridad será sancionado de forma sucesiva con multa entre 50 y 1500 salarios mínimos legales y cierre entre 5 y 15 días de la piscina. Una tercera falta ocurrida dentro del periodo posterior a seis meses desde la primera dará lugar al cierre definitivo del establecimiento".
OFICINA DE PRENSA - 83
Mayo 6 de 2008