Sala de prensa

Acogidas modificaciones a reforma política

Las modificaciones planteadas por el Senador Armando Benedetti que buscan garantizar una fuerte sanción a los partidos que acojan en sus listas a personas vinculadas con grupos al margen de la ley o con narcotráfico, mantener las funciones de control electoral al Consejo de Estado y el fortalecimiento de los partidos políticos fueron acogidas por el grupo de senadores ponentes del Proyecto de Reforma Política. Las modificaciones serán presentadas mañana durante el segundo debate de la iniciativa en Senado.

Benedetti aseguró que los partidos políticos deberán responder por toda violación o contravención a las normas que rigen su organización, funcionamiento o financiación, así como también por avalar candidatos elegidos en cargos o corporaciones públicas de elección popular, quienes hayan sido o fueren condenados durante el ejercicio del cargo al cual se avaló mediante sentencia ejecutoriada en Colombia o en el exterior por delitos relacionados con la vinculación a grupos armados ilegales y actividades del narcotráfico.

Las sanciones podrán consistir en multas, devolución de los recursos públicos percibidos mediante el sistema de reposición de votos, hasta la cancelación de la personería jurídica. Cuando se trate de estas condenas a quienes fueron electos para cargos uninominales, el partido o movimiento que avaló al condenado, no podrá presentar candidatos para las siguientes elecciones en esa circunscripción. Si faltan menos de 18 meses para las siguientes elecciones, no podrán presentar terna, caso en el cual, el nominador podrá libremente designar el reemplazo.

Todos los que ejerzan cargos de elección popular en corporaciones públicas o aspiren a ellos, no podrán apoyar candidatos a corporaciones públicas o cargos por elección popular distintos a los definidos por el partido o movimiento al cual se encuentren afiliados.

En caso de ser elegidos deberán pertenecer a la organización que los inscribió mientras ostenten la investidura. El incumplimiento de estas reglas se conocerá como doble militancia y será sancionada con la pérdida de la curul o cargo respectivo, decretada por la jurisdicción de lo contencioso administrativo a solicitud de cualquier ciudadano o del respectivo partido o movimiento.

Quien siendo miembro de una corporación pública decida presentarse a la siguiente elección, por un partido distinto, deberá renunciar a la curul al menos doce (12) meses antes del primer día de inscripciones.

Dentro de la ponencia para segundo debate de la Reforma Política también se aclaró que no habrá inhabilidad para los candidatos que por pertenencia, promoción o financiación de grupos armados ilegales, sean o hayan sido condenados por delitos político.

También se incluyó un parágrafo que establece que cuando ocurra alguna de las circunstancias que implique que no pueda ser reemplazado un miembro elegido a una corporación pública, para todos los efectos de conformación de quórum, se tendrá como número de miembros la totalidad de los integrantes de la corporación con excepción de aquellas curules que no puedan ser reemplazadas

Con el objeto de fortalecer los partidos y lograr que sus decisiones se basen en las directrices de sus miembros, Benedetti planteó que los movimientos políticos celebren, por lo menos durante cada dos años, convenciones que posibiliten a sus militantes influir en la toma de decisiones. De no cumplirse este requisito incluido en la reforma, los partidos pueden perder la personería jurídica.

Benedetti reveló que, en las modificaciones presentadas al proyecto, se mantienen las funciones del Consejo de Estado de control electoral lo que acaba la controversia con ocasión a la posible usurpación de funciones de este organismo administrativo.

OFICINA DE PRENSA - 98
DICIEMBRE 8 DE 2008